Por Ignacio Duffau
6to Año, Instituto Milenio Villa Allende
Cobrar el primer sueldo e inmediatamente pensar en qué gastarlo, es uno de los recuerdos más especiales que guardarán los jóvenes que pasan a formar parte del mercado laboral. Es el inicio de su independencia financiera y del reconocimiento por parte de sus padres en particular y de la sociedad en general, de que ya pueden valerse por sí mismos y que son capaces de tomar todo tipo de responsabilidades y decisiones.
De igual forma, existe un porcentaje importante de jóvenes cuyo acceso al primer trabajo se vuelve una odisea doblemente más pesada que para cualquiera, ellos son: los jóvenes con discapacidad.
“La idea de que la persona con discapacidad es un ejemplo de vida, de superación, que es un pobre infeliz y que no tiene nada que ofrecer a la sociedad, es falso en mi opinión. Las personas con discapacidad deben ser miradas como un sujeto cualquiera, o sea un sujeto de derechos”, contaba a El Milenio Cesar Pereyra, estudiante universitario ciego e integrante de Red Mate, un proyecto de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) para adaptar libros y manuales educativos en formato accesible para personas con discapacidad visual.
La idea de que la persona con discapacidad es un ejemplo de vida, de superación, que es un pobre infeliz y que no tiene nada que ofrecer a la sociedad, es falso en mi opinión. Las personas con discapacidad deben ser miradas como un sujeto cualquiera, o sea un sujeto de derechos.
Cesar Pereyra
Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sostiene que en comparación con las personas sin discapacidad, las con discapacidad experimentan mayores tasas de desempleo e inactividad económica, y están en mayor riesgo de una protección social insuficiente, la cual es clave para reducir la pobreza extrema.
Además, la actual situación pandémica complicó aún más las posibilidades de acceso laboral, donde por ejemplo, se suspendieron programas como los PPP y PIP, ante la imposibilidad de garantizar el correcto seguimiento de los mismos por parte del Gobierno provincial, mientras que muchas empresas y PyMEs están haciendo malabares para evitar despidos o incluso la quiebra definitiva.
Malestar por la suspensión de los programas Primer Paso, PIP y PILA en toda la Provincia
Actualmente, son muchas las empresas que tienen una mentalidad inclusiva a la hora de contratar nuevo personal y el Estado constantemente promueve políticas y planes tendientes a lograr un mayor acceso laboral para las personas con discapacidad. No obstante, todavía queda mucho camino por recorrer para que se desvanezcan las barreras existentes que impiden alcanzar un trabajo digno, entre ellas, la falta de estadísticas claras que muestren la actual situación en la provincia de Córdoba.
“Es un problema generalizado la falta de datos estadísticos sobre el tema y no conocemos que exista un estudio estadístico propio de la provincia”, comentó a este medio, Carla Saad, investigadora del Centro de Investigaciones Jurídicas y directora del proyecto “Impacto de los Derechos Fundamentales en los derechos de las relaciones de dependencia de los trabajadores con discapacidad” de la UNC.
Es un problema generalizado la falta de datos estadísticos sobre el tema y no conocemos que exista un estudio estadístico propio de la provincia.
Carla Saad.
Ante esta preocupante situación, la investigadora y profesora universitaria, quién además, es miembro del programa “Armando Sueños”, dialogó con nosotros y aclaró un poco más el actual panorama de la inclusión laboral de las personas con discapacidad en la Provincia.

“Somos vistos por la sociedad a través de nuestras discapacidades y no desde nuestras capacidades”.
El Milenio: ¿Podés contarnos sobre el “Proyecto RSU Armando sueños” y cuáles son sus objetivos?

Carla Saad: El “Proyecto RSU Armando sueños: Empleabilidad de las personas con discapacidad. Conociendo derechos y derribando miedos” es una extensión que acompaña a un proyecto de investigación sobre políticas públicas en discapacidad y empleo. Está radicado en el Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba y participó del programa Compromiso Social Estudiantil. Su objetivo es desarrollar acciones positivas tendientes a concientizar sobre el derecho de las personas con discapacidad (PCD) al trabajo remunerado.
Para ello, nos proponemos difundir entre el colectivo sus derechos y obligaciones, conforme la mirada del sistema legal del trabajo bajo el paradigma del modelo social de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CPCD) y también, desarrollar acciones dirigidas hacia la sensibilización en empresas, intentando romper los prejuicios y miedos que originan la falta de información sobre legislación, apoyos posibles y otras dudas que se generan para el acceso de las PCD al trabajo remunerado como modo de inclusión social.
En este proyecto, además de contar con docentes, tenemos la oportunidad de trabajar con alumnos comprometidos con la temática y también, con fundaciones tales como Gaude, Por igual más y ACDAC, todas comprometidas con el colectivo.
EM: ¿Qué diferencia hay entre inclusión e integración? ¿Qué entendemos por trabajo digno?
CS: Los términos integración e inclusión no son sinónimos, suponen perspectivas distintas de análisis y dimensionan una actitud diferente de reconocimiento de cada sujeto. Es decir, la integración puede entenderse como la normalización de la vida del ser humano diverso. En cambio, el término inclusión reconoce y valora la diversidad como un derecho, priorizando los objetivos de las personas.
Me gustaría compartir con ustedes las reflexiones al respecto de un integrante del equipo:
“Mi nombre es Mario Chaves, y a mi parecer la principal diferencia radica en el grado de evolución y conciencitazación que sobre el tema tiene la sociedad en su conjunto”.
“En mi experiencia, al realizar distintas actividades como trabajar en el Estado desde hace 18 años, estudiar en la UNC, movilizarme entre Córdoba y el interior, hacer deporte (natación, en donde muy pocos lugares reciben personas con discapacidad) y contribuir a la sociedad desde el lugar que ocupo en el proyecto de RSU, puedo decir que estamos en un muy bajo nivel de inclusión en la sociedad. Somos vistos por la sociedad a través de nuestras discapacidades y no desde nuestras capacidades”.
“Respecto al trabajo digno, hoy estamos muy lejos de superar las barreras físicas y actitudinales que hacen que un muy bajo porcentaje de personas con discapacidad pueda acceder a un empleo que le permita valerse por sí mismas y donde estén protegidos todos sus derechos”.
La integración puede entenderse como la normalización de la vida del ser humano diverso. En cambio, el término inclusión reconoce y valora la diversidad como un derecho, priorizando los objetivos de las personas.
Carla Saad.
La noción de trabajo decente, es un estándar a alcanzar por las regulaciones laborales, este concepto dado en el seno de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), se fundamenta en cuatro elementos: el empleo, la protección social, los derechos de los trabajadores y el diálogo social. En otras palabras, es la valoración sobre cada variable que significa la aspiración máxima de las condiciones en un empleo.
Para cualquier trabajador y en especial para éste sector vulnerable, la condición de trabajo decente (o digno) debe ser un norte a conseguir, de allí que consideramos necesario que estado, organizaciones de empleadores y sindicatos articulen diversas estrategias que hagan posible acuerdos sociales que se traduzcan en normativas de promoción y fortalecimiento del papel del trabajo como factor de inclusión social.

EM: ¿Cuál sería el alcance del concepto discapacidad?
CS: Bajo el modelo social que se postula, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su preámbulo establece: “La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan la participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás”.
Esto es un avance significativo sobre los conceptos anteriores donde la discapacidad estaba concebida como una enfermedad. Esta posición, traída a nuestra legislación por la Convención, pone de manifiesto la importancia y responsabilidad de los Estados en la efectivización de políticas públicas orientadas a lograr el efectivo ejercicio de los derechos. Pero también nos interpela, a cada uno, pensar nuestro rol dentro de la sociedad para que eso suceda.
Me parece importante destacar que usamos el término “personas con discapacidad” y no “personas con diversidad funcional” atento que nuestros análisis surgen de la normativa Convencional que así designa al colectivo.
Para cualquier trabajador y en especial para éste sector vulnerable, la condición de trabajo decente (o digno) debe ser un norte a conseguir.
Carla Saad.
EM: ¿Cuáles son las leyes que amparan los derechos laborales de las personas con discapacidad en Córdoba? En su opinión: ¿Son suficientes para lograr una mejor integración? ¿Cuáles son los beneficios sociales que les otorga el gobierno?
CS: Nuestro proyecto postula la empleabilidad de las personas en el empleo privado. En ese ámbito la legislación de fondo es la nacional, Ley de Contrato de Trabajo (LCT, 20744) que rige para todo el territorio nacional, a ella se suman otras que integran el sistema de regulación del trabajo en relación de dependencia. Ninguna tiene normativa específica para el colectivo en torno al acceso o promoción de puesto, de un trabajador con discapacidad. Creemos que es necesario un replanteo de las políticas públicas destinadas a incluir efectivamente a las personas con discapacidad al empleo.
Pensar en eje de derechos humanos, con las herramientas que brinda la Convención para ayudar a:
- mejoras en el acceso del empleo privado, a través de técnicas legales específica;
- medidas de promoción profesional que posibilite el ascenso en niveles superiores de responsabilidad funcional y mejora salarial;
- protección especial ante despidos arbitrarios;
- capacitación profesional adecuada y adaptada; entre otras medidas de acción positiva.
Según nuestro relevamiento existen en la provincia planes de fomento para el acceso a un empleo formal, Programa Primer Paso (PPP), Programa Primer Paso Aprendiz, Programa De Inclusión Laboral Para Adultos Varones (PILA) de la Agencia de Promoción del Empleo y Formación Profesional, pero actualmente se encuentran suspendidos. Debemos pensar que las personas con discapacidad pueden postular a cualquier programa de inserción al empleo formal solicitando que sean accesibles, es decir, exigiendo las adaptaciones necesarias para su postulación en igualdad de oportunidades, desde el llamado a la postulación como en la implementación o ejecución del trabajo.
EM: ¿Existen estadísticas provinciales sobre la situación de las PCD en la provincia de Córdoba? ¿Y hay algún seguimiento que garantice que las empresas están contratando PCD y que reciben un trato digno?
CS: Es un problema generalizado la falta de datos estadísticos sobre el tema y no conocemos que exista un estudio estadístico propio de la provincia. A nivel nacional, los últimos datos del estudio disponibles son del “Estudio nacional sobre el Perfil de las Personas con Discapacidad”, elaborado por el INDEC en el año 2018.
La Prof. Emma Mini, integrante del grupo, rescató los datos respecto del trabajo: según el informe, en el país hay 3.571.983 personas que sufren algún tipo de limitación física o intelectual, lo que implica que más del 25% de los hogares tiene, al menos, a un integrante con esta condición. Representan un 10% de la población total de 6 años en adelante y casi el 17% está en edad de trabajar.
La tasa de inactividad entre estas personas es del 64,1%. Las cifras arrojadas por este estudio son elocuentes: para las PCD con discapacidad en la Argentina, el derecho a un trabajo, es uno de los más vulnerados, tanto que solo un 32,2%, de las personas del colectivo en edad laboral logra acceder a un empleo. Del 32,2% que consiguió ingresar al mundo laboral, el 66% se desempeña en el sector privado y el 34%, en el público.
El 49,4% son empleados, el 40,5% trabaja por cuenta propia, el 6,8% se ocupa en el ámbito doméstico y el 3,3% es empleador”. Ambas concluimos que luego de conocidas las cifras del INDEC, que describen un escenario tan claro como urgente, las organizaciones sociales y el Estado deberían coincidir en que el siguiente paso es profundizar las políticas públicas para revertir esta vulnerabilidad.
Respecto de la segunda parte de la pregunta, existen controles del estado (en el caso del Ministerio de Trabajo de la Provincia) mediante inspecciones a los lugares de trabajo que se activan generalmente por denuncias de los trabajadores que se mantienen anónimas, también en esa instancia se reciben denuncias por maltrato laboral y se articula un procedimiento especial. De allí que sea tan importante la activa participación de las personas con discapacidad en la defensa de sus derechos.
Reflexión sobre discapacidad y accesibilidad en épocas de cuarentena
Actividad física y discapacidad: desafiando los límites de la exigencia
EM: En caso de padecer algún tipo de discriminación o ser despedido por tener alguna discapacidad, ¿Qué acciones puede tomar y dónde se puede acudir para recibir ayuda y orientación?
CS: En el caso de despidos discriminatorios, sostenemos la posibilidad del trabajador de apelar a la ley 23.592 (ley antidiscriminación general), así el trabajador discriminado tiene la opción de ser reinsertado en su puesto ya que -si ello puede probarse- se puede determinar la nulidad del despido o bien, peticionar además que se indemnice por daño moral al dependiente como consecuencia de la ilicitud de la empresa. Fuera del trato discriminatorio, no existe una normativa sancionatoria especial a modo del supuesto de agravamiento indemnizatorio en los casos de despido por matrimonio o por causa de embarazo, es decir, no se imponen cargas económicas gravosas por vía legal, ni por negociación convencional.
Como toda persona que crea vulnerados sus derechos puede acudir a un abogado que sabrá informarle sobre las acciones a seguir. A nivel institucional existe la posibilidad de consultar en el Ministerio de Trabajo de la Provincia que actualmente recibe consultas a sus Asesores, a través de la página web, https://trabajo.cba.gov.ar.
También cabe recordar la posibilidad de concurrir o llamar al 0800 999 2345 (asistencia las 24hs) INADI Córdoba por consultas o denuncias ante cualquier acto discriminatorio.