Por: Francisco Turturro y Thomas Marshall 4° IMVA – Ciro Appendino, Lucía González y Matilde Encina 4° IENM
Muchas de las situaciones que hacen al orden y la convivencia dentro de una ciudad —como el tránsito, las habilitaciones comerciales, las construcciones o el cuidado del ambiente— dependen del cumplimiento de normas municipales. Velar por que esas reglas se respeten es la función del Juzgado de Faltas, a cargo de una figura que suele confundirse con la del juez de paz.
Mientras que este último actúa como nexo con la Justicia provincial en aquellas localidades donde no existen tribunales, el primero tiene la responsabilidad de resolver las infracciones vinculadas a las ordenanzas locales. Su tarea no consiste en investigar ni acusar, sino en garantizar el derecho de defensa de las personas y decidir, de manera imparcial, si existió o no una falta.
Desde marzo de este año, ese rol en Unquillo está a cargo de Juan José García, abogado, docente y director de una escuela secundaria para adultos y profesor en la Universidad Siglo XXI. Para García, su recorrido profesional en el ámbito jurídico encuentra un punto de encuentro con otra de sus vocaciones: la educación.
«La idea no es sancionar, sino que nos acostumbremos a cumplir las normas de convivencia para justamente poder convivir de la mejor manera dentro de la localidad», sostuvo García
En la práctica, el funcionamiento del Juzgado de Faltas se apoya en un procedimiento que busca garantizar la imparcialidad: las actas de infracción son confeccionadas por inspectores municipales y, antes de cualquier resolución, las personas involucradas cuentan con la posibilidad de presentar un descargo. Recién entonces interviene el referente para analizar cada situación y determinar si corresponde o no aplicar una sanción. «No acusa sino que decide», resumió.

El Milenio: Si los vecinos necesitan reclamar algo, ¿Cómo lo hacen y cuál es el proceso?
Juan José García: Para realizar los reclamos están las distintas secretarías, por ejemplo, la de ambiente o la de comercio. Si el reclamo es del vecino, el inspector va a verificar ese hecho, va a levantar un acta diciendo, por ejemplo, este vecino está tirando agua a la calle, este vecino genera ruidos molestos o esta industria contamina y esa acta es la que me llega a mí. Si no hay ninguna infracción, no me llega nada.
EM: ¿Cómo se determina el monto de la multa?
JJG: Está estipulado, pero siempre hay una escala y también se tiene en cuenta la reincidencia, entonces va subiendo. Hay un descuento por pago voluntario que es el 50% del monto mínimo de las escalas. Las escalas se mide en unidades económicas municipales que son litros de nafta. Si yo estaciono mal, tengo entre 100 y 200 unidades económicas municipales, pero si hago pago voluntario es la mitad del mínimo, o sea, que pagaría 50. Esa posibilidad se tiene una sola vez, porque cuando se es reincidente en la misma infracción ya no se puede.
EM: ¿De qué manera se evalúa una infracción y qué aspectos considerás fundamentales antes de proponer una solución?
JJG: Hay autores que dicen que la función judicial de los jueces no se puede limitar a un silogismo. En lógica, el silogismo es esto de que hay una premisa mayor, una premisa menor y una conclusión. La aplicación del derecho no puede ser que la premisa mayor sea lo que pasa en la realidad, la premisa menor la ley y la conclusión aplicar esa ley, porque no es mecánico. Uno tiene que ver las circunstancias. Yo no puedo directamente decir: la infracción por haber estacionado mal es de tal monto. Tengo que ver las causas, porque por ejemplo, la persona se pudo haber descompuesto y te demuestra que fue al médico y estacionó para no producir un accidente. Entonces, se justifica porque estaba descompuesto. La aplicación es justamente eso, un poco de silogismo, el contexto y el por qué se hizo.

EM: ¿Cuáles son las infracciones y conflictos que llegan más a menudo al juzgado de faltas y qué te dicen esos casos sobre las problemáticas actuales de la ciudad?
JJG: Lamentablemente es un indicador no solo de Unquillo, sino del país. El 85% de las faltas son de tránsito y si vinculamos estos datos con estadísticas, la principal causa de muerte en menores de 40 años en la Argentina son los accidentes viales. El tránsito es algo que me preocupa mucho, porque además es la segunda causa a nivel general y seguimos siendo un país que manejamos mal, de forma imprudente. Muchísimas personas conducen motos sin casco, llevan a menores adelante, no se ponen cinturón de seguridad y el 85% son lamentablemente cuestiones de tránsito. Muy por debajo llegan cuestiones de obras privadas, esto de no presentar planos y comercio; como la no inscripción. Creo que la función del juzgado es fundamentalmente educativa, no recaudatoria.
EM: ¿Qué lugar ocupan la prevención, la concientización y la educación dentro de tu trabajo?
JJG: Uno muy importante, por eso estoy acá. Es muy difícil pensar que el juzgado puede cambiar la forma de comportarse de una localidad si no vamos con las escuelas, con la familia y todos tenemos el mismo norte: manejemos con precaución, intentemos cumplir las normas, respetemos al otro, no generemos ruidos molestos. Si por algún inconveniente en nuestro hogar cayó agua a la calle porque se nos rompió el tanque, vemos si podemos secarlo, no dejemos algo así que se puede congelar y al otro día alguien va con una moto o una bicicleta a trabajar y se puede producir un accidente. Creo que la convivencia es eso, darnos cuenta que vivimos en sociedad y que para vivir en sociedad tenemos que cuidarnos entre todos.
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