El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Secretaría de Justicia y la Dirección de Asistencia a la Víctima de Delitos, está en alerta para acompañar y asistir a las personas que hayan sufrido un delito y necesiten ser atendidas.
Frente al aislamiento social preventivo y obligatorio, la vulnerabilidad suele acrecentarse, por lo tanto, es necesario ofrecer una disponibilidad mayor de cobertura de “nuestros profesionales”, señaló Alicia Salusso, directora de Asistencia a la Víctima y al mismo tiempo, agregó que: “Las redes comunitarias son invalorables en tiempos de pandemia”, ya que se puede llegar de una manera más cercana a las víctimas y a su entorno.
La Dirección de Asistencia a la Víctima cuenta con un equipo interdisciplinario de profesionales abogados, psicólogos y trabajadores sociales, quienes intervienen a través de una asistencia victimológica, sobre las consecuencias directas que produjo el hecho delictivo sobre la persona y su familia, como en la prevención de la revictimización posterior de la persona afectada.
La Dirección brinda asistencia jurídica, psicológica y acompañamiento social:
- Información sobre sus derechos y modo de ejercerlos ante los organismos judiciales, administrativos gubernamentales.
- Promoción de acciones que posibiliten su acceso a la justicia.
- Articulación con el Poder Judicial una vez iniciado el proceso penal.
- Orientación acerca del significado de las distintas etapas procesales.
- Atención en situaciones de crisis.
- Tratamiento psicoterapéutico a adultos, niños y niñas, adecuándolo a la edad, el tipo de delito sufrido, situación social y familiar que se encuentra vivenciando.
- Construcción de redes inter-institucionales y sociales de contención y asistencia para el restablecimiento a la vida cotidiana de la víctima y su grupo familiar, y de herramientas para evitar una nueva victimización.
¿En qué delitos interviene o acompaña?
La asistencia está dirigida a personas víctimas de delitos contra la integridad sexual, pornografía infantil por internet, delitos contra la propiedad, delitos contra la libertad, delitos contra las personas (homicidio, lesiones, amenazas…etc.), incumplimiento de deberes de asistencia familiar, delitos penales económicos, víctimas de delitos de grupos que usan técnicas de manipulación psicológica -Ley 9891- (estafas, abuso sexual, lesiones leves, graves y gravísimas, privación de la libertad, tentativa de homicidio, entre otros).
¿Cómo solicitar asistencia?
Se puede solicitar asistencia de manera espontánea, o a través de la derivación de una institución pública o privada.
Vías de contacto, todos los días, las 24 horas., a través de:
- Teléfono: 3514028097.
- Correo electrónico: asistenciaalavictima@cba.gov.ar
- Vía web: click acá
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