Se promulgó la ley 27.399 que establece el regreso de los feriados puente y fija los días festivos de 2018.
Por Sofía Giarratana y Milagros Ferreyra, 4to “B”, IENM
[dropcap]E[/dropcap]l Gobierno Nacional promulgó la Ley 27.399, que establece el regreso de los feriados puente y fija los días festivos de 2018. Además, el poder ejecutivo definió tres feriados que pueden ser trasladados para formar un fin de semana largo.
La norma fue sancionada a fines de septiembre y busca retribuir los feriados puente que fueron eliminados en enero pasado por el presidente Mauricio Macri.
Se establecieron como feriados inamovibles del 2018 el lunes 1° de enero (Año Nuevo); lunes y martes de Carnaval; 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); Viernes Santo; 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas); 1° de mayo (Día del Trabajo); 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo); 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano); 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y 25 de diciembre (Navidad).
Los feriados nacionales con posibilidad de trasladarse son: el 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes); 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín); 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) y 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).
Para 2018, entonces, las opciones de feriados extralargos serían dos:
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Si se declarara feriado el lunes 30 de abril se formaría un fin de semana extralargo con el martes 1 de mayo.
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Si se declarara feriado el lunes 24 de diciembre se formaría un fin de semana extralargo con el martes 25 de diciembre.