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Cambio directo

Las obras sociales no siempre suelen ser las deseadas, por ello resulta necesario efectuar el cambio. Su trámite continua siendo personal y en la oficina correspondiente.

Las obras sociales no siempre suelen ser las deseadas, por ello resulta necesario efectuar el cambio. Su trámite continua siendo personal y en la oficina correspondiente.

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Por Redacción El Milenio | periodico@elmilenio.info

Colaboración: Franco Nonis. 4°B IMVA.

En la actualidad, la Seguridad Social integra parte de la agenda de discusión de los distintos actores que la integran. No todos están a gusto con la situación que les toca frente a sus aportes y beneficios.

En un punto más específico, las obras sociales, por lo general, son elegidas principalmente por sus prestaciones y prestadores, es decir, por la cobertura que otorgan y los establecimientos de salud que proponen. Aunque la mayoría se obtiene sin elección en una primera instancia.

Cuando esto sucede, el cambio de obra social se puede tornar una odisea, o bien un trámite a efectuarse sin ton ni son. Para ello, ofrecemos un resumen de las maneras de realizar el cambio, de acuerdo a la situación que concierne a cada beneficiario.

Obras Sociales Sindicales

El beneficiario puede ejercer el derecho a la opción de cambio desde el momento mismo del inicio de la relación laboral eligiendo una obra social del Listado de Obras Sociales Sindicales. El trámite se realiza en forma personal e individual por el titular afiliado.

El único lugar autorizado para realizar la opción de cambio es la sede o delegación de la Obra Social elegida. No debe ejercerse en oficinas de medicina privadas ni en el lugar de trabajo.

La opción de cambio puede realizarse una vez al año. La misma, se efectiviza el primer día del tercer mes desde la presentación de la solicitud. Durante dicho período la Obra Social de origen debe otorgar al afiliado la prestación médica correspondiente.

El trámite es totalmente gratuito.

Jubilados y pensionados

Quienes finalizan su trámite jubilatorio pueden elegir de inmediato una obra social del Listado de Obras Sociales para la Atención de Jubilados y Pensionados si no desean permanecer en PAMI.

Los beneficiarios titulares de beneficios previsionales reciben con su grupo familiar primario las prestaciones médicas de la obra social en la que se encontraban, durante 90 días.

El trámite se realiza en ANSES, con el último recibo de cobro y DNI. La opción se hace efectiva a los 90 (noventa) días de realizado el trámite.pami_2_1

¿Cómo afiliarse a PAMI?

El trámite es personal y solamente el titular del beneficio y/o su apoderado podrán realizarlo. El turno puede pedirse desde la página web de PAMI: www.pami.org.ar

Monotributistas

Quienes se acreditan por primera vez ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pueden elegir libremente una de las obras sociales dispuestas en la nómina de la Superintendencia de Servicios de Salud: Nómina de las obras sociales que pueden recibir nuevos afiliados del Régimen simplificado.

Los beneficiarios monotributistas pueden ejercer en forma inmediata su opción de cambio a otra obra social, debiendo luego permanecer como mínimo un año para poder ejercer nuevamente una opción de cambio.

Pasantes

Estos beneficiarios no podrán realizar opción de cambio de obra social.