- Mignone Gastón y Lencina Mariano (IMVA)
Este miércoles 29 de marzo se conoció el comunicado oficial de ERSeP, que obliga a las empresas de transporte a reintegrar el precio del boleto en caso de demoras.
Cabe destacar que entre las razones que esgrime el ente provincial se pueden comentar que no cumple el derecho de los usuarios a “la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno”.
También sostiene que “las empresas de transporte de pasajeros autorizadas por la Provincia de Córdoba prestan un servicio en forma onerosa, es decir que debe ser justo y razonable”.
Por lo cual, el ERSeP resolvió que si el colectivo no llegó dentro de los 30 minutos a la parada, el usuario tiene derecho a reclamar el valor del boleto.
Por otro lado, en caso de que el colectivo tarda un 50% más del tiempo estimado en el recorrido habitual, el usuario tiene derecho al reclamo del 50% al valor del boleto.
Finalmente, las empresas deberán informar y exhibir de manera visible y permanente en sus boleterías, lugares de expendio de pasajes físicos y virtuales.
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