- Por Martín Lorenzatti
- 6to año, Instituto Milenio Villa Allende
- periodico@milenio.info
(El país) – Jazmín De Grazia fue una modelo argentina, reconocida por ser una de las tres finalistas del concurso televisivo de selección de modelos «Super M 20/02» .
Nació en Temperley, provincia de Buenos Aires, el 4 de julio de 1984 y tenía un brillante futuro por delante. Pero desafortunadamente fue encontrada sin vida el 5 de febrero del 2012 en su departamento. Las extrañas circunstancias que rodearon a su fallecimiento fueron portada en todos los medios de comunicación nacionales.

Por la primicia
Su muerte trascendió y cobró importancia a raiz del interés de los medios de comunicación por conseguir la exclusiva sobre que realmente había sucedido.
Pero fue una publicación del Diario Crónica (perteneciente a la Editorial Sarmiento), del 5 de febrero de 2012, lo que abrió la polémica. Se trató de una serie de fotos de la modelo, las que eran material de investigación policial en su momento y que no tenían que revelarse al público.
Incluso algunas de estas fueron tapa de dicho diario, lo que fue repudiado por la sociedad y también, por otros medios de comunicación, teniendo en cuenta que constituye la violación al derecho a la privacidad de las personas.
La condena

A siete años y medio después de lo sucedido, el hecho volvió a tomar notoriedad mediática cuando se conoció el pasado 1 de noviembre la decisión de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. De esta manera, se condenó a la Editorial Sarmiento, responsable del Diario Crónica, como también a la Policía Federal Argentina por la filtración y publicación de las fotos del cuerpo sin vida de Jazmín en febrero de 2012.
Esto abrió nuevamente el debate sobre cuál es el límite del derecho a informar de los medios y hasta donde llega el derecho de intimidad y privacidad de las personas.
El límite
“Siempre que entran en conflictos dos derechos institucionales y reconocidos constitucionalmente, lo primero que se tiene en cuenta es el contexto”, explicó a El Milenio, la abogada unquillense Rocío Loza Serra (MP 1-40606), del Estudio Jurídico Serra y Asociados.
Además, agregó que es importante que la información esté orientada a un interés general y público, “si con la imagen se está afianzando un modelo de amarillismo, lo que debería primar es el derecho de la intimidad de la imagen”.
“Si con la imagen se está afianzando un modelo de amarillismo, lo que debería primar es el derecho de la intimidad de la imagen”
La abogada también explicó que el derecho a la imagen y a la intimidad están reguladas por el Art 19 de la Constitución Nacional, y desde hace pocos años atrás, en el artículo 55 del Código civil y Comercial que habla sobre los derechos «personalísimos». Es decir, el derecho a que se respete nuestra imagen, voz e intimidad.
Vigencia de la Ley
Sobre el caso en particular de la modelo Jazmín De Grazia, la abogada comentó que al momento de suceder el hecho no estaba vigente el actual código civil que regula la intimidad. Es decir, que todavía no estaba establecido legalmente cuáles eran los derechos que se tenían que respetar
“En ese momento, estaba vigente la Ley 11723 que regulaba el retrato o la toma de fotos de personas vivas o fallecidas y en qué caso se puede hacer sin consentimiento», aclaró Loza Serra.
Mirenla
Como curiosidad se puede comentar que el reconocido tema de Ciro y Los Persas, «Mírenla», está dedicado a la modelo fallecida.
«Yo la había visto un par de veces, pero no tenía ninguna relación con ella, más allá de encontrarla alguna vez a la salida de un boliche. Pero la verdad que su muerte me produjo una conmoción, porque me parece la imagen de la soledad, de todas esas pibas que uno imagino como que acarician el cielo, que son diosas, divas, hermosas, y muchas veces son pibas del interior, alejadas de su familia», se refirió al respecto el cantante en una nota para la Revista «Rolling Stone».
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