La jueza de Familia, Mónica Parrello justificó su fallo aludiendo que el menor estaba completamente adaptado al núcleo familiar y se habían creado vínculos sanos.

- Por Carlos Miguel Romero
- periodico@elmilenio.info
El pasado lunes 29 de abril, se conoció el fallo del Juzgado de Familia N° 5 de la Ciudad de Córdoba que autoriza la adopción de un menor a una pareja de convivientes.
En una primera instancia, la madre había presentado sola el pedido de adopción, aunque ya se encontraba conviviendo con un hombre que también podía anotarse como el padre del menor.
«Seguramente lo hizo por desconocimiento”, detalló a Cadena 3 la jueza de Familia N°, Mónica Parrello. Aclarando que todavía existe un desconocimiento en la sociedad sobre las nuevas reglamentaciones que rigen en materia de adopción.
“Cuando se comienza a aplicar el nuevo código de familia, se readecúa la demanda y la señora hace el pedido junto a su pareja. Ellos ya tenían unión de convivencia y el papá se sumó al pedido”, aclaró Parrello.
Como el padre ya contaba con cuatro hijos de un matrimonio previo. La jueza tomó la decisión de entrevistar a todos los miembros del grupo familiar para conocer el grado de integración del menor y explicarles los nuevos derechos y obligaciones que una adopción conlleva.
«En el informe técnico se detallaba que el niño estaba totalmente integrado a su familia. Pero es muy importante poder verlos y escuchar su opinión. Es fundamental tenerlos en la audiencia porque eso nos permite la inmediatez», aclaró la Jueza.
La jueza afirmó que «la adopción es un acto de amor y cuando uno tiene la suerte de tener la posibilidad de darle marco jurídico a un acto de esta naturaleza, es importante el contacto cara a cara”.
“Ver llorar a un padre y escuchar a sus hijos opinar sobre lo que sienten por su papá y la persona a quien adoptaron como mamá es muy gratificante”, finalizó.
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