
Para evitar la trata de personas y los secuestros, a partir del día 31 de Agosto los menores de 18 años no podrán viajar en colectivos de larga distancia sin autorización de los padres, o tutores. La decisión fue anunciada por el Ministerio de Transporte de la Nación.
Por Paloma Santillán – Paula Brizuela – Rocío Garrido- 4 A IMVA
Si el menor de edad se encuentra emancipado por matrimonio no necesitará autorización, no tendrá que justificar con la libreta o acta de matrimonio, certificado de nacionalidad, pasaporte, DNI u otro documento que permita saber su identidad y estado civil. Si el pasajero compra boletos por teléfono o vía internet, se implementará un procedimiento de control para una mejor seguridad de la edad.
En tanto, los pasajeros de hasta 13 años deberán viajar acompañados por un progenitor, representante legal o cualquier otra persona autorizada. Aquellos que tengan entre 13 y 18 años tendrán que presentar autorización de sus progenitores o representantes legales para viajar solo.
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