Antes de salir de vacaciones, es importante recordar los requerimientos que la Policía Caminera establece para circular por las rutas provinciales. ¿Cuáles son las infracciones más frecuentes y los puntos más controlados? En esta nota, toda la información para evitar las multas y, sobre todo, los accidentes.
Por Redacción El milenio | periodico@elmilenio.info
Con el verano encima, las rutas de Córdoba se llenan de turistas. En este contexto, respetar las normas de tránsito y los requisitos legales para circular en la provincia se convierte en un punto clave para disfrutar de las vacaciones sin imprevistos. Como se señala en la página www.transitocordoba.com, es importante tener en cuenta estas cuestiones no solo para evitar las abultadas multas de la Policía Caminera, sino fundamentalmente, para preservar la seguridad propia y ajena.
En este sentido, la Policía Caminera de Córdoba elaboró un instructivo con todos los requisitos para circular por las rutas de Córdoba, los cuales están basados en las leyes de tránsito vigentes en el territorio provincial (Ley Provincial de Tránsito de Córdoba y Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial).
Documentación para automotores
- Licencia para conducir, la cual debe estar en buen estado y habilitada en tiempo y forma, correspondiendo al tipo de vehículo en cuestión. No mostrar carné incurre en la figura de infracción.
- Tarjeta verde. Es la cédula de identificación del automotor. Debe usarse únicamente por el titular del vehículo.
- Tarjeta azul. Cumple la misma función que la tarjeta verde, pero el uso es exclusivo de la persona autorizada a conducir el vehículo (no tiene fecha de vencimiento).
- Seguro. Se solicita comprobante de constitución de póliza de seguro.
Elementos de seguridad para coches
- Ocupantes. Los ocupantes deben utilizar siempre el cinturón de seguridad. La cantidad de personas permitida en un vehículo está determinada por el número de cinturones de seguridad que tenga el auto de fábrica (no se permite su instalación y/o modificación).
- Espejos retrovisores, ambos deben estar sanos y en perfectas condiciones de visibilidad.
- Baliza triangular (la cual puede ser guardada en el baúl hasta ser utilizada).
- Menores de 10 años deben ir siempre sentados atrás. Los niños, de acuerdo al peso y al tamaño, deben viajar en sillas o butacas especiales o con un booster que los ayude a colocarse el cinturón de seguridad. Los bebés no pueden viajar en los brazos de un adulto.
- Chapas patentes. Deben ir colocadas en su lugar, con sus respectivas luces y en buen estado de legibilidad, sin acrílicos, aditamentos ni marcos cobertores.
- Luces. A cualquier hora del día, en rutas se debe llevar la luz baja encendida, así como las luces de posición y patentes, las cuales deben estar limpias y en correcto funcionamiento.
- Matafuego, situado dentro del habitáculo, fijo y al alcance de la mano.
Requisitos para motos
- Carnet de conducir para motos. La licencia para motociclistas debe estar en perfecto estado y sin modificaciones. Además, debe ser acorde la categoría con cilindrada de la moto.
- Casco. El conductor y su eventual acompañante deben llevar casco, sin excusa. Debe tener parabrisas o anteojos de seguridad normalizados.
- Espejos retrovisores. El rodado debe poseer espejos retrovisores y en buen estado.
- Ocupantes. La capacidad máxima de personas permitidas en una moto es de 2 (dos personas). Está prohibido transportar menores de 10 años en motocicletas y ciclomotores.
- Luces. Las luces bajas deben estar encendidas a cualquier hora del día.
- Documentación del rodado. El conductor debe tener los papeles de la moto, de la compra, la tarjeta verde y demás.
A tener en cuenta. En la Provincia de Córdoba, la Ley Provincial de Tránsito no establece la obligatoriedad de viajar con bolsa o sábana mortuoria ni chaleco refractario, al igual que tampoco exige el botiquín de primeros auxilios, y por ende, la Policía Caminera no controla tales elementos. Igualmente, se recomienda llevar estos dos últimos elementos (botiquín y chaleco) al momento de viajar por cualquier situación que requiera su uso.
Los más controlados
Como señala otro sitio web muy útil, www.rutascordoba.com, también es importante tener en cuenta cuáles son los puntos más controlados por la Policía Caminera y que suelen suscitar la mayor cantidad de actas e infracciones a la hora de viajar.
El primero son las luces reglamentarias ya que, como dice más arriba, en las rutas de Córdoba y muchas provincias del país es ley circular con las luces bajas encendidas, sea cual sea la hora del día (un ítem fácil de olvidar cuando es de día).
Otro requisito muy importante, también ya mencionado, son los cinturones de seguridad, que determinan la cantidad de ocupantes que puede llevar un vehículo y que deben ser llevados por sus ocupantes en todo momento.
Aunque parezca obvio, uno de los requisitos más revisados por la Policía Caminera, es que los conductores lleven la documentación en regla: licencia de conducir, tarjeta verde/azul y comprobante de seguro. Otro punto menos evidente es el estado del vehículo, el cual se suele verificar “a ojo”. Esto se traduce en observar el parabrisas, los espejos, las cubiertas, las luces, la patente.
Por último, están las tres causas más frecuentes que figuran en las actas de la Caminera:
- Alcoholemia positivo: En la provincia de Córdoba está vigente la ley de Alcohol Cero. Esta norma establece que el límite de alcohol en sangre que puede tener un conductor que maneje en ruta es 0,0g/l, esto significa que si se tuviera aunque sea 0,1g/l se estaría en falta. Esta infracción prevé la multa, quita de puntos y hasta la retención del carnet y/o el vehículo.
- Exceso de velocidad: Existen puestos fijos y móviles en donde se controla la velocidad a la que circulan los vehículos. La medición la realizan los policías mediante los cinemómetros, que sirven para detectar si un auto está transitando a mayor velocidad que la permitida, que en las rutas convencionales y las autovías es de 60 km/h – 110km/h, y en las autopistas es de 60 km/h – 130 km/h.
- Adelantamiento indebido: La ley es clara al señalar que los vehículos no deben adelantarse en doble línea amarilla, pero que pueden hacerlo si la cartelería indica que está permitido, o si hay línea puntada de nuestro lado de la calzada. En caso de adelantarse en un lugar prohibido por cartelería o la demarcación de la ruta, se incurre en infracción.