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Desastre Agropecuario. Nación homologó la declaración por incendios que realizó el Gobierno de Córdoba

Incluye las zonas afectadas por incendios ocurridos principalmente en el norte provincial. Los productores perjudicados trabajan principalmente con pequeños rodeos.

Con el número de resolución 200/2020, publicada en la jornada de hoy en el Boletín Oficial de la Nación, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca homologó la declaración de Desastre Agropecuario por incendios que realizó el Gobierno de Córdoba semanas atrás. Cabe destacar que para esta homologación se realizaron las presentaciones ante los organismos nacionales en tiempo récord, a los fines de dar una rápida respuesta a los afectados.

Cabe recordar que el documento provincial incluyó zonas cercanas a Villa Tulumba, Copacabana, Tanti, Taninga, Malagueño, La Calera, El Manzano y Villa Albertina, entre otras, para productores agrícolas, ganaderos, forestales, apícolas y frutihortícolas. Para la delimitación de las áreas se utilizó el criterio de polígonos, en el marco de la implementación del Sistema de Información Territorial Cartográfica Digital Georeferenciada.

A los productores que se encuentren dentro de las zonas definidas y que en su Declaración Jurada detallen afectación, se les extenderá como es habitual la constancia de daños. El principal alcance del Desastre Agropecuario a nivel provincial es la exención en el pago del Impuesto Inmobiliario Rural.

El periodo de vigencia para esta Emergencia Agropecuaria comprende desde el 1 de agosto pasado hasta el 31 de julio de 2021, al tratarse en casi todos los casos de productores que se dedican a la ganadería, con la existencia de pequeños rodeos caprinos y bovinos. El principal inconveniente es la pérdida de pasturas por efecto de las llamas, ante lo cual no tiene la posibilidad de alimentar a los animales.

El hecho de que se haya homologado la Emergencia provincial permite a los productores agropecuarios incluidos en estas zonas acogerse a los beneficios de la ley nacional, como la postergación o exención de pago de impuestos, acceso a líneas de crédito y diferimiento en el pago de créditos en curso, entre otros.

Para ello, el Gobierno Provincial deberá emitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

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