Por: Renata Martínez Piva (IMVA).
Un bebé concebido por gestación por sustitución se encuentra en adopción en Córdoba y el caso desató la polémica sobre esta práctica. Todo debido a que la mujer que inició esta práctica desistió de su voluntad de crear un vínculo con el menor, y la mujer gestante manifestó que no estaba en condiciones económicas de cuidarlo y mantenerlo.
El hecho ocurrió a finales del año pasado y, según informaron desde el Poder Judicial de la provincia, el niño nació nueve semanas antes de la fecha prevista para el parto y tuvo que permanecer internado varios días en un sanatorio local, porque presentaba dificultades respiratorias y otras patologías vinculadas con su nacimiento prematuro.
Por lo que la ciudadana francesa que inició el trámite mandó una carta —en francés— expresando su voluntad de no continuar con la tarea procreacional, es decir, de establecer algún vínculo con la criatura. Por su parte, la mujer que transitó el embarazo expresó que no tenía ni intención ni posibilidades económicas de cuidarlo, aunque deseaba que el niño fuera adoptado por una familia que le diera amor.
Es por este motivo que la jueza María de los Ángeles Pascual declaró “en situación de adoptabilidad” al bebé, concebido mediante la técnica de reproducción humana asistida extraordinaria denominada “gestación por sustitución” o “subrogación de vientre”.
A principios de año, el infante fue resguardado por una familia de acogimiento apenas le dieron de alta en la clínica. Una vez transcurrido un tiempo en esa condición, la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) solicitó a la Justicia que declare al niño “en situación de adoptabilidad” para que pueda quedar bajo la protección de una familia de forma definitiva.
Cabe destacar que la jueza Pascual expresó que el abandono del niño constituyó una “vulneración directa a su dignidad humana”. Consideró que, en este caso, se lo trató al niño “como un producto rechazado” y no como un ser humano con derechos.
La magistrada agregó que “la vida no es un producto” y que un niño “no es un objeto que debe cumplir ciertas expectativas” ni puede ser rechazado “si no se ajusta a lo acordado”. “Cada niño, sin importar cómo ha sido concebido, es un sujeto de derecho y merece respeto, cuidado y amor”, puntualizó.
“Cosificar a un niño es negar su humanidad desde el inicio”, destacó la jueza, agregando que “ningún ser humano debería comenzar su vida bajo esa mirada”.
En la resolución, también se dictaminó que, si bien existen diversos precedentes judiciales que han reconocido la validez de esta técnica cuando se acredita la existencia de consentimiento informado, la ausencia de contraprestación económica (carácter altruista del acuerdo) y, especialmente, la existencia de voluntad procreacional, así como el respeto por el interés superior del niño, todavía existen casos donde esta “alegalidad” se reitera cada vez más.
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