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- Por Romeo Basbus y Zoe Coutaz Sassi (IENM).
En base al caso de público conocimiento ocurrido en el country San Isidro, ubicado en Villa Allende, El Milenio se contactó con la abogada Eugenia Yanina Scarpinello (MP 1-41479), con el objetivo de saber cómo enfrentar situaciones de maltrato animal.
Nota relacionada: «Repercusiones por el caso de maltrato animal en el Barrio San Isidro»
Según informó la abogada, cualquier ciudadano puede hacer la denuncia cuando toma contacto con un caso. Esta demanda debe efectuarse en la Unidad Judicial más cercana a donde ocurrió el hecho. Allí se le pedirá el documento personal y una descripción detallada sobre el suceso, la persona y el animal.
De esa forma, designa un fiscal para el caso que dará las órdenes para investigar el hecho. En caso de ser pertinente se rescata al animal. Scarpinello advirtió que las fiscalías hoy en día consideran prioridad causas que tienen presos y “crímenes graves”, tales como homicidios y femicidios, y la cuestión de maltrato animal queda de lado.
“Siempre les aconsejo que se constituyan como querellantes. Es la parte que, por decirlo de una forma sencilla, defiende a la víctima, en este caso a una víctima que no habla. Por lo tanto, la ley por lo general pide que la querella sea una fundación u ONG que tenga como objeto la protección de los animales. Como querellantes pueden insistir que se siga con el proceso, ayudar a recabar pruebas, postular pruebas, etcétera”, comentó la profesional.
Lamentablemente hasta el momento, la ley no considera a los animales como seres sintientes o sujetos de derecho, sino que tan solo son seres “semovientes”. Por este motivo, cuando se inicia un proceso, primero debe pasar la etapa de instrucción, donde el fiscal recaba las pruebas para ver si existe un crimen que perseguir y después tener la elevación a juicio.
Allí se procede a la Cámara del Crimen, “aunque difícilmente alguien llegue a juicio por maltrato animal debido a que las penas son muy bajas”, agregó la profesional, añadiendo que las penas consisten más en sanciones pecuniarias (monetarias) o prisión condicional en los peores escenarios, evitando la cárcel propiamente dicha.
“Si se van a constituir como querellantes, tener una fundación que respalde siempre es bueno, también ofrecer un depositario judicial, es decir, una persona que pueda contener el animal y teniendo las condiciones necesarias para su curación o recuperación en caso de un animal maltratado que esté vivo. En el caso de que el animal haya muerto a causa del maltrato, se busca un especialista para que haga una pericia que corrobore que la muerte del animal ocurrió como consecuencia del maltrato animal”, concluyó la abogada.
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