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Acompañantes desamparados

Desde 2016 existe en la provincia la Ley 10.393 que regula el trabajo de los acompañantes terapéuticos. No obstante, nunca fue reglamentada y hoy en día su aplicación práctica es nula. Raquel Valladares y Constanza Riaño, profesionales sierrachiquenses, explican a El Milenio los problemas que esta situación les ocasiona y hablan sobre los detalles de este singular oficio.
  • Colaboración: Lautaro Páez y Carolina Etchemendy (4to IENM). Bautista Mancini, Santiago López y Stéfano Cagnolo (4to IMVA).

Para la ley son acompañantes terapéuticos, para algunos, simples cuidadores domiciliarios, y para muchas otras personas, se trata de amigos y hasta compañeros de vida. En los últimos años, esta profesión ha tenido un lento pero progresivo reconocimiento, sobre todo a raíz de los debates que se están llevando a cabo en torno a la futura Ley de Discapacidad nacional.

“Es una carrera donde se trabaja fundamentalmente desde la empatía y el amor hacia la otra persona”, explicó a El Milenio Raquel Valladares, vecina de Mendiolaza y la primera acompañante universitaria terapéutica egresada de la provincia.

“Muchas veces las personas que eligen esta profesión han atravesado situaciones fuertes en su vida, lo que las moviliza a acompañar a otro que está pasando por un proceso doloroso similar”, sostuvo la entrevistada.

Según detalló a este medio, se trata de una figura que existe hace siglos, pero que recién comenzó a ganar reconocimiento a mediados de los 60, como una especie de “amigo calificado”. “Con el correr de los años, se entendió que, antes que amigos, en realidad primero somos terapeutas, porque nuestro deber es asistir a la persona”, señaló la acompañante, sin negar que con el tiempo puede surgir una amistad entre las partes.

“El rol del acompañante se construye con la práctica diaria. Somos un nexo entre la persona que necesita el acompañamiento y su equipo médico, la familia o incluso la escuela”

Constanza Riaño

Asimismo, explicó que el acompañante terapéutico está capacitado para trabajar la salud desde la cotidianidad del paciente, ya sea en el trabajo, la escuela o incluso en actividades recreacionales. “Se busca la reinserción social de forma completa”, resumió la vecina de Mendiolaza.

Por su parte, Constanza Riaño, psicóloga y acompañante terapéutica de Villa Allende, destacó la importancia de trabajar en equipo con otros especialistas de la salud y profesionales de distintas áreas, con el fin de alcanzar dicho objetivo. “Somos un nexo entre la persona que necesita el acompañamiento y el equipo médico que la asiste, la familia o incluso la escuela”, declaró la profesional.

“El rol del acompañante se construye con la práctica diaria. Aunque muchas veces se confunde con el papel del psicólogo o el enfermero, en realidad se trata de un trabajo que se va adecuando a la necesidad de la persona”, manifestó. 


Una deuda pendiente

El 2 de noviembre de 2016 el gobierno de Juan Schiaretti sancionó por unanimidad en la Legislatura provincial, la ley 10.393 de Acompañantes Terapéuticos, la cual no sólo apuntó a regular el ejercicio de la profesión, sino que también obligaba al Ministerio de Salud de Córdoba a acreditar la matriculación de estos agentes.

No obstante, a más de seis años de su sanción, la normativa carece de reglamentación y, por ende, no se aplica efectivamente. Desde la agrupación Acompañantes Terapéuticos Autoconvocados de Córdoba, advierten que la ley todavía se encuentra en la Secretaría de Salud Mental, aguardando una reunión con Fiscalía de Estado “para ir solucionando algunas cuestiones semánticas o técnicas jurídicas”, como indicó Silvana Bertoni, vocera del colectivo, a diferentes medios.

Esta falta de reglamentación trae aparejados varios problemas importantes, tanto para los agentes de salud como para las familias que necesitan del servicio, siendo uno de los más importantes la falta de cobertura por parte de las obras sociales y la imposibilidad de definir honorarios regularizados. “Tenemos montos que van desde 200 pesos la hora hasta mil. Todo ese desorden tiene que ver con que no hay una normativa que defina los aranceles”, se lamentó Bertoni.


Para completar este dato, Valladares agregó que muchas veces esto obliga a los acompañantes a negociar el resto de la paga con las familias, lo cual puede ser bastante engorroso. Por otro lado, también comentó que la reglamentación permitiría definir parámetros claros en cuanto a los estudios académicos necesarios para ejercer esta profesión.

“Cuando salga efectiva (la ley), todos los acompañantes que tengan cursos, pero no la carrera realizada, van a rendir un examen de nivelación para obtener la matrícula”, explicó la especialista, al tiempo que agregó: “Si bien va a quedar mucha gente afuera, es necesario hacer ese filtro, porque en temas de salud, todos los días se avanza con una vorágine increíble”.


Qué dice la ley

El artículo 5 de la citada ley 10.393 establece que los agentes que quieran ejercer la profesión de acompañante terapéutico deberán contar con “título terciario o universitario” otorgado por universidades argentinas y matricularse en el Ministerio de Salud de la Provincia.

“Tal es el caso de aquellos que tengan la tecnicatura de la Facultad de Psicología de la UNC, la que ofrece la Universidad Católica de Córdoba o incluso los que obtuvieron su título en otras provincias donde sí está reglamentada la carrera”, agregó Riaño. 

Entre las acciones que la normativa establece como roles del acompañante están la de contener al paciente e intervenir en estrategias interdisciplinarias, tendientes a evitar internaciones prolongadas y disminuir los riesgos asociados a su condición, además de colaborar con el profesional tratante en la orientación al paciente en su interacción con el medio, en la recuperación y la reinserción social.

Finalmente, vale destacar que, a mediados de mayo, el presidente de la Asociación de Acompañantes Terapéuticos de la República Argentina (AATRA) Brian Banszczyk, participó en la audiencia pública por la elaboración de la nueva Ley de Discapacidad y remarcó la importancia de la inclusión del acompañante dentro del nuevo marco legal. 

“Esta nueva Ley de Discapacidad tiene que dar lugar a una demanda, tan altamente requerida por trabajadores y familias, que velan por la creación de la figura de la prestación del acompañamiento terapéutico en el Registro de Prestadores de la Agencia Nacional de Discapacidad, para que puedan ejercer sus derechos”, resaltó Banszczyk.

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